Registro de Prestadores de Servicios de Certificación
El Registro de Prestadores de Servicios de Certificación, adscrito al Ministerio de Economía, es la entidad encargada de ejercer las facultades legalmente asignadas respecto de las entidades prestadoras de servicios de certificación, así como de autorizar su funcionamiento, velar por la prestación eficiente de sus servicios y supervisar el cumplimiento de las obligaciones legales correspondientes.
Marco Legal
Decreto No. 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para el Reconcimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas.
Acuerdo Gubernativo 135-2009, Reglamento de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas y sus reformas.
Acuerdo Gubernativo 109-2010, Arancel del Registro de Prestadores de Servicios de Certificarión y sus reformas.
Imposición de sanciones en caso de incumplimiento.
Revocación o suspensión de la autorización para operar como prestador de servicios de certificación y la orden de revocación de certificados emitidos sin cumplir las formalidades legales.
Velar por la observancia de las disposiciones constitucionales y legales en materia de competencia, prácticas comerciales y protección al consumidor, coordinando con las autoridades correspondientes cuando sea necesario, e impartir instrucciones y emitir regulaciones basadas en normas y principios internacionales reconocidos para el adecuado cumplimiento de sus funciones.