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Artículo 17: Bis Acceso Información Gestión Presupuestaria por Resultados


Ley Orgánica del Presupuesto - Decreto Número 101-97 el Congreso de la República de Guatemala
Las entidades del sector público, para fines de consolidación de cuentas, pondrán a disposición del Ministerio de Finanzas Públicas, por cualquier medio electrónico, la información referente a la ejecución física y financiera registrada en el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN).